miércoles, 23 de octubre de 2013

El Tribunal Constitucional ampara la extinción del contrato de una embarazada en periodo de prueba.

Tribunal Constitucional asegura que la «protección reforzada» que el Estatuto de los Trabajadores establece para las trabajadoras embarazadas en caso de despido no puede extenderse a aquellos casos en los que se produzca el «desistimiento empresarial durante el periodo de prueba». Es decir: la circunstancia del embarazo, aunque no sea conocida por la empresa, será causa objetiva de nulidad sólo en caso de despido, y no en el caso de extinción de contrato en periodo de prueba, «dada la distinta naturaleza de ambas instituciones». La sentencia cuenta con un voto particular discrepante.
La sentencia, que desestima el recurso de amparo de una trabajadora embarazada, permite determinar «el contenido y alcance del derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo (art. 14 CE) en el supuesto de trabajadoras embarazadas a las que se resuelve su contrato durante el periodo de prueba, no constando que el estado de gestación fuese conocido por el empresario».
Así, los magistrados recuerdan que mientras que en el despido (tanto disciplinario como por causas objetivas) la ley exige requisitos de forma (por escrito y con expresión de la causa) cuyo incumplimiento acarrea la ilicitud del mismo, el desistimiento empresarial durante el periodo de prueba no queda sujeto a requisitos formales (puede ser verbal y sin exteriorización de la causa), «pudiendo afirmarse que el periodo de prueba supone una clara atenuación del principio de prohibición de la libre extinción del contrato (...)», dicen.
De esta forma, la extinción del contrato durante el periodo de prueba «será nula (como cualquier otra decisión extintiva) si se produce con vulneración de derechos fundamentales, como sucederá si la decisión empresarial es una reacción al embarazo de la trabajadora». «Ello sentando –añade la sentencia- entiende el Tribunal que en el presente caso no existían indicios de discriminación, pues no ha quedado acreditado que la empresa conociera el embarazo de la trabajadora».

El periódico abc.es 2013-10-23

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